El Estado es una sociedad política autónoma y organizada cuya función es estructurar la convivencia de las personas que integran la sociedad y satisfacer las necesidades afines con la supervivencia y el progreso común, bienestar general o bien común. El Estado no solo constituye una dimensión política sino una fuerza social que determina la existencia de relaciones coexistenciales jerárquicas entre gobernantes y gobernados. La relación jerárquica entre gobernantes y gobernados conlleva al ejercicio de un poder soberano sujeto a una titularidad abstracta, despersonalizada y permanente
La naturaleza del Estado implica una relación social
y un conjunto de órganos políticos que articulan un sistema de dominación
política-jurídica. En los tiempos modernos, la estructura y el ordenamiento
jurídico de un Estado son resultantes de una actividad política en la que el
derecho se limita a expresar en normas los efectos y consecuencias de esta
relación.
El
primer atributo del Estado es la externalización del poder político vinculada
con la presencia de una unidad de mando político materializada en la relación
gobernante-gobernado en el contexto de una organización.
El poder, dentro de un Estado democrático,
tiene su origen en la llamada soberanía popular, en virtud de la cual la
colectividad delega, en instituciones políticas, la función de ejercer
legítimamente el poder con subordinación al orden jurídico. En las sociedades
modernas, el derecho es uno de los instrumentos esenciales del poder. Las
constituciones, las leyes, los códigos, los reglamentos, las decisiones
administrativas, las sentencias son procedimientos de acción fundamental del poder.
En ellos se fundan dos elementos: la coacción y la legitimidad. Las reglas del
derecho determinan la aplicación de un sistema de valores distinguiendo lo
justo de lo injusto, lo correcto de lo incorrecto.
El
poder político no sólo consiste en la distinción de gobernantes y gobernados,
sino en el consentimiento dado por los gobernados. Este consentimiento legitima
un gobierno de derecho, porque ese consentimiento significa que el poder se
ejerce en interés de aquellos a quienes se dirige. Esta relación de gobernante
y gobernado es legítima cuando hay un reconocimiento del pueblo hacia el
titular del poder originario y hacia quienes lo representan y son electos
mediante el voto popular.
El segundo atributo del Estado es la
institucionalización de la autoridad. Esta implica la imposición de una
estructura de relaciones de poder capaz de ejercer un monopolio sobre los
órganos creados por la ley. El fundamento político de la autoridad de los
gobiernos de derecho se encuentra en el habitual consentimiento de los
gobernados. Lo que se acepta en este consentimiento es la institución en cuyo
nombre mandan los gobernantes. Todos los mandatos de poder deben gozar de una
obediencia previa sin la cual el principio de autoridad no existiría.
Referencias
Ramirez, L (2013) Noción de Estado y los derechos
fundamentales en los tipos de estado. Disponible: http://revistas.uap.edu.pe/ojs/index.php/LEX/article/view/402
[Consulta: 2022, abril 3].
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